Fundamentalismo religioso e instrumentalización de la libertad de creencia
Desde su fundación, Paz y Esperanza, como organización de derechos humanos basada en la fe, asumió el compromiso de evidenciar el potencial constructivo del mensaje cristiano para la democracia, la convivencia pacífica en sociedades plurales y la labor de defensa de la dignidad y los derechos humanos de las personas.
Por eso, al igual que otras instituciones de derechos humanos, advirtió preocupada la creciente influencia que diversas organizaciones y colectivos religiosos de distintas confesiones empezaron a ejercer en el discurso político de los gobiernos, en la creación y/o modificación de normas que impiden el desarrollo legislativo de los derechos humanos, así como en el desmantelamiento de políticas públicas favorables a derechos como la educación sexual y la educación en género, la erradicación de la violencia contra las mujeres y su derecho a la salud sexual y reproductiva.
En el informe preparado para respaldar y ampliar los argumentos que sustentaron su solicitud de audiencia temática sobre “El impacto del fundamentalismo religioso en la agenda de los derechos humanos, principalmente de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”, presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en agosto de 2019, Paz y Esperanza indicó que su propósito era propiciar la reflexión sobre los retos, estándares normativos y buenas prácticas en la promoción y protección de los derechos a la educación, la salud y el derecho a una vida libre de violencia, en particular en
lo que atañe a las mujeres y los niños, niñas y adolescentes, en un contexto de incidencia política de lo religioso.
La CIDH aceptó la petición, a la que adhirieron el Instituto Promoviendo Desarrollo Social – IPRODES (Perú) y KOINONIA – Presencia Ecuménica y Servicio (Brasil), y el 11 de noviembre de 2019 se presentó en la audiencia realizada en Quito, Ecuador, el informe sobre la situación en cuatro países de la región: Brasil, Colombia, Paraguay y Perú.
La problemática, se dijo en el informe, no constituye una simple percepción, pues existen diversos elementos contextuales que permiten constatar el fenómeno en los países de la región. Es así que se hizo referencia a: 1.) la oposición al enfoque de género a través de la creación de un discurso y el desenvolvimiento de un activismo sobre la base del concepto “ideología de género”, 2.) las nuevas formas de participación religiosa en la esfera pública, 3.) las tensiones entre el discurso religioso-conservador y el enfoque de derechos humanos,4.) la incidencia de la agenda civil-religiosa en las normas y políticas públicas relacionadas con los derechos humanos, 5.) la instrumentalización del derecho a la libertad de creencia y 6.) la inserción del fenómeno religioso en un escenario más amplio de des-democratización mundial desde la segunda década del siglo XXI.
Aunque se deben considerar de manera conjunta, en este artículo solo se hará una breve referencia a uno de estos elementos: la retórica de los movimientos conservadores que utilizan la libertad de creencia como uno de sus argumentos centrales.
La idea recurrente de estos movimientos es que la libertad de creer y de educar a sus hijos e hijas conforme a sus creencias es obstaculizada por el Estado al imponer el enfoque de género. Desde esta perspectiva, el enfoque de género no constituye una teoría, sino una ideología de carácter conspirativa dirigida a provocar una revolución cultural en la que se negarán los hechos biológicos sobre hombres y mujeres. Reducida así la teoría de género a una creencia sin evidencia, -bajo la lógica de estos grupos- no debe ser impuesta por el Estado ni debería ser obligatorio aceptarla como parte de los mínimos éticos en una democracia.
Si bien es cierto que existen diversos actores sociales que hacen uso del término “ideología de género”, son principalmente los actores religiosos (católicos y evangélicos) quienes enarbolan este concepto. Poner de relieve este factor religioso es importante para comprender el fenómeno, y para abordarlo y enfrentarlo en clave teológica, y no sólo desde la disuasión política.
Así se podrá evidenciar que cuando estos grupos tildan al género de “ideología”, invocando el “derecho a la libertad religiosa”, lo que hacen es usar conceptos no religiosos para que su postura luzca aceptable cuando lo que pretenden es preservar creencias asentadas en una interpretación literalista y fundamentalista de la Biblia.
Es así que se atreven a sostener que el ambientalismo “radical” es una “religión falsa”, que criminalizar a los inmigrantes ilegales y la pena de muerte tienen sustento bíblico, y que el matrimonio entre personas del mismo sexo es un asunto que “despierta la ira de Dios”.
No obstante, una lectura imparcial del fenómeno religioso no puede asumir que la religión es siempre incompatible con los valores democráticos y con el enfoque de derechos humanos. Paz y Esperanza plantea, entre otras acciones para atender la amenaza que representan los fundamentalismos para la democracia y los derechos humanos, propiciar un
debate amplio sobre el significado de la libertad religiosa, en clave de derechos, en sus sentidos más fundamentales como la libertad, inclusión y protección, lejos de prejuicios y prácticas que convalidan la discriminación y la violencia.
Por Germán Vargas
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